El Ayuntamiento lanza la convocatoria de bolsa de empleo para peones de jardinería, peones de limpieza de edificios e instalaciones municipales, peones de mantenimiento y educador/a infantil aprobada en el Pleno Municipal.

20200909 PUBLICACIÓN ANUNCIO BOCM-20200909-52 BASES Y CONVOCATORIAS

REGLAMENTO REGULADOR:

Se entiende por bolsa de empleo municipal a los efectos de este reglamento, a la relación numerada de aspirantes a ocupar puestos de trabajo que por su carácter coyuntural o por circunstancias, no figuren en la plantilla del personal del Ayuntamiento, o para cubrir necesidades de programas u obras que se lleven a cabo por el Ayuntamiento. En todo caso, el empleo obtenido mediante la inscripción en la bolsa, será siempre de carácter temporal.

  • El ámbito es el propio del municipio de Villarejo de Salvanés.
  • En ningún caso, la mera pertenencia a la bolsa implicará derecho alguno a obtener un contrato laboral, garantizándose únicamente una legitima expectativa de atender a la orden de llamamiento contenido en la misma con destino al desarrollo de las funciones y tareas específicas de la especialidad profesional correspondiente.
  • Tiene como finalidad agilizar al máximo los procedimientos de contratación de personal laboral temporal o personal funcionario interino, cuando las circunstancias lo aconsejen, atendiendo preferentemente al criterio de preparación profesional para el puesto a cubrir, sin perjuicio de la concurrencia de circunstancias de discriminación positiva previstos en la ley y en este reglamento.

[ ENLACE AL REGLAMENTO COMPLETO DE LA CONVOCATORIA ]

[REGLAMENTO JARDÍNERÍA]    REGLAMENTO MANTENIMIENTO]   [REGLAMENTO LIMPIEZA]   [REGLAMENTO ED.INFANTIL]


REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES:

  • Tener la nacionalidad española, de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos países en los que se hayan celebrado Tratados Internacionales por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • Poseer la titulación exigida en cada convocatoria.
  • Los aspirantes con algún grado de discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, debiendo acreditar su condición de discapacitado.

SOLICITUDES:

Quienes deseen tomar parte en el concurso que se convoque, deberán presentar la solicitud cumplimentada y dirigida al Alcalde-Presidente de Villarejo de Salvanés, así como la Declaración Responsable. Así mismo, deberán presentar para su valoración en la fase de concurso el formulario de autobaremación y acompañar la documentación que se exija en cada caso. 

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Las personas solicitantes deberá cumplimentar los modelos oficiales de solicitud y presentarlos junto con la documentación incluidos en los enlaces que aparecen al final de este artículo en la sede electrónica https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es En caso de imposibilidad de acceder a este medio telemático, se podrán entregar en Registro del Ayuntamiento con cita previa.

E l plazo de presentación  de solicitudes abarca desde el 10 de septiembre de 2020 al 8 de octubre, ambos inclusive.


ADMISIÓN Y BAREMACIÓN DE ASPIRANTES:

Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la Sede Electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, incluyendo la baremación de cada aspirante y el plazo para la subsanación de errores, siempre que se trate de un defecto subsanable.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos para participar en el procedimiento selectivo convocado.

La selección se llevará a cabo mediante el sistema de concurso. La baremación será realizada por el propio aspirante mediante un formulario de autobaremación, asignándose la puntuación que determinará el orden en la bolsa, cuyos criterios serán los siguientes:

  • Experiencia profesional en el sector privado. Los méritos se valorarán con un máximo de 50 puntos.
  • Experiencia en puestos análogos. Tiempo efectivo trabajado en puestos de iguales o similares características en los últimos 10 años. La persona aspirante que no presente la vida laboral se le valorará el presente apartado con 0 puntos. Puntuación máxima: 10 puntos.
  • Experiencia profesional en el sector público. Se tendrá en cuenta el tiempo trabajado, cualesquiera que fueran sus funciones, en cualquier administración pública durante los últimos 10 años. Puntuación máxima: 20 puntos.
  • Formación específica. Se tendrán en cuenta los cursos oficiales recibidos por parte de instituciones públicas o centros docentes públicos o privados que guarden relación directa con las tareas a desarrollar en la categoría solicitada. Se baremará en función de las horas del curso realizado de acuerdo con la siguiente tabla. Máximo 10 puntos.
  • Titulación académica. La titulación académica hace referencia a la formación que posea el candidato según la siguiente tabla. Solo se tendrá en cuenta la de mayor graduación. Máximo: 10 puntos.
  • Discapacidad. Para asegurar la igualdad de oportunidades de acceso al empleo público para las personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, se tendrá en cuenta el grado de discapacidad de los candidatos, independientemente del tipo, de la siguiente forma. Máximo: 20 puntos.
  • Criterios socioeconómicos. Será de aplicación, en defecto de normativa aplicable de la subvención o medida que lo establezca, la baremación de la situación socio-económica de las personas aspirantes en función del tiempo que haya estado en situación de desempleo durante los últimos 24 meses. Máximo: 10 puntos.

El desempate entre demandantes se establecerá de acuerdo con la mayor antigüedad en la inscripción, según conste en el Registro.    


ANEXOS:

[ DECLARACIÓN RESPONSABLE ]

[ FORMULARIO DE AUTOBAREMACIÓN ]

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