- En la vía pública
- En espacios al aire libre
- En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público
Su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- ¿Por qué se hace obligatorio?
El BOE exlica que el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del COVID-19 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad. Por eso el uso de mascarillas forma parte de las medidas de precaución que permitan reducir los casos de contagio de la enfermedad en nuestro país, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.
- ¿Qué tipo de mascarillas se exigen?
Se entenderá cumplida la obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla que cubra nariz y boca , preferentemente higiénicas y quirúrgicas. Para elegir la que necesitas, el Ministerio de Sanidad editó una guía para elegir qué mascarilla comprar .
- ¿Cómo se usan correctamente?
Es importante seguir las instrucciones de uso correcto para evitar riesgos.
- ¿Cuáles son las excepciones del uso obligatorio?
La obligación no será exigible en los siguientes supuestos:
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- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.