Las medidas recogidas en la Orden SND/414/2020 de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, y las modificaciones recogidas en la Orden SND/507/2020, de 6 de junio, traen como principales novedades la reapertura de centros comerciales, cines, teatros, salas de conciertos y bares. También los centros escolares para actividades de refuerzo y la celebración de bodas con número limitado de invitados.
- ¿Qué novedades hay en cuanto a salidas y desplazamientos?
Se puede circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene y la distancia mínima de seguridad, en grupos de un máximo de 15 personas. Este límite no se aplicará entre convivientes.
- ¿Hay mejoras en cuanto a relaciones sociales?
Al entrar en la Fase 2 de la desescalada desaparecen las franjas horarias para toda la Comunidad de Madrid.
Se podrán visitar de nuevo viviendas tuteladas y residencias de personas con discapacidad ( una persona por residente, y con equipos de protección). También se permitirán las visitas a residencias de ancianos, aunque en casos excepcionales.
- ¿Podrán celebrarse bodas?
Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo.
Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados, manteniendo la distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
- ¿Se podrán realizar otro tipo de reuniones?
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada. A estos efectos, se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.
- ¿Cómo afecta al comercio?
Se permite la reapertura de locales y establecimientos minoristas con independencia de su superficie útil de exposición y venta, incluyendo los centros y parques comerciales, siempre que cumplan estas normas:
Un 40% del aforo total del local y, en el caso de tener varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
Garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes.
En los centros comerciales los clientes puedan transitar por las zonas comunes, pero no permanecer en ellas. El aforo en estas áreas se limita al 30% de sus zonas comunes
No se pueden utilizar las zonas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso, debiendo permanecer cerradas.
- ¿Hay novedades en cuanto a educación y formación?
Se posibilita la apertura de centros educativos no universitarios y de formación. También se permite a los titulares la apertura de academias y autoescuelas, limitando su aforo a 1/3 y priorizando la formación online.
Se permite la apertura de los centros educativos y universitarios para su desinfección, acondicionamiento y funciones administrativas. Podrán acudir a clase de forma voluntaria alumnos que necesiten refuerzo, los de 4º de ESO, 2º de Bachillerato y 2º de Formación Profesional. También se abrirán las residencias para investigadores.
- ¿Cómo afecta a los negocios de hostelería y restauración?
Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo las discotecas y bares de ocio nocturno, y según marca la ORDEN 342/2020, de 6 de junio, de la Comunidad de Madrid, se amplía el porcentaje de aforo al 50%.
El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa.
En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.
- ¿Hay cambios en cuanto a la práctica deportiva?
Se podrán visitar las playas para hacer deporte, trabajar o pasear, pero de manera individual y sin contacto físico.
El deporte de base se podrá realizar a cualquier hora y se podrán abrir las instalaciones deportivas cubiertas, con cita previa y al 30 % de su capacidad.
Las competiciones profesionales podrán reanudarse a puerta cerrada.
- ¿Cómo afecta al sector cultural?
Las salas de exposiciones pueden abrir con un tercio del aforo.
Los cines, teatros y auditorios, también con el mismo aforo con butacas preasignadas y normas de seguridad.
En actos culturales diversos ellímite de 50 personas, o 400 si se realiza al aire libre. Tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de cuatrocientas personas. Con este mismo criterio podrán reanudar la actividad las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre .
Las bibliotecas también podrán abrir con un tercio de aforo, al igual que los monumentos.