En el Pleno Municipal del pasado viernes 30 de octubre se planteaba la corrección de diversas Ordenanzas Municipales, para revisar a la baja las cuantías de las tasas por las que se cobran ciertos servicios municipales y de los impuestos con los que se hace frente a los gastos de la administración local. Recogiendo las inquietudes manifestadas por la población y las empresas, y basadas en los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria del Ayuntamiento, se han acordado las siguientes modificaciones en la normativa municipal:
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS SOBRE RECOGIDA DE BASURAS Y DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS NO ORGÁNICOS FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURIDICO
Aprobada por unanimidad , la reforma supone modificar la ordenanza actual, ratificada en la sesión de Pleno del día 23 de septiembre de 2016 y rectificada posteriormente en el Pleno del día 20 de diciembre de 2018.
La realización del informe técnico expone el coste de la prestación de los diferentes servicios, en base a los cuales, según establece la Ley de Tasas se han podido establecer las siguientes reducciones de cuantía:
ANTES |
AHORA |
% AHORRO |
|
VIVIENDAS |
41,50 € |
40 € |
3,6% |
TIENDAS ALIMENTACIÓN |
286,50 € |
175 € |
39% |
TIENDAS COMERCIALES |
150,00 € |
100 € |
33% |
NAVES POLÍGONO |
643,75 € |
350 € |
45% |
RESTAURACIÓN |
393,50 € |
300 € |
24% |
ALMACENES |
100,00 € |
25 € |
75% |
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Aprobada con los 10 votos a favor de los grupos municipales PSOE y Cs y la abstención del PP , la reforma supone modificar la ordenanza actual, que fue publicada en el BOCM 42 de 19 de febrero de 2009.
La revisión supone principalmente la actualización de tributos para dar respuesta a los usos actuales de vehículos menos contaminantes, contemplando reducciones en función del carburante utilizado, la contaminación que generan y su repercusión en el medio ambiente:
VEHÍCULOS |
REDUCCIÓN DE UN 5% RESPECTO A LA ORDENANZA ANTERIOR |
VEHÍCULOS ELÉCTRICOS |
BONIFICACIÓN DE UN 75% PARA TODOS LOS AÑOS |
VEHÍCULOS HÍBRIDOS |
BONIFICACIÓN DE UN 50% EN LOS PRIMEROS 6 AÑOS |
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER SOCIOCULTURAL, DEPORTIVO, EXTRAESCOLAR, DE OCIO Y ESPARCIMIENTO, ESCUELA DE MÚSICA Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES POR SERVICIOS SOCIOCULTURALES
Aprobada con los 10 votos a favor de los grupos municipales PSOE y Cs y la abstención del PP , la reforma supone modificar la ordenanza actual, ratificada en la sesión de Pleno que se celebró el día 23 de septiembre de 2016.
Entre las principales correcciones destacan:
- La incorporación de una tasa por el alquiler de la Torre del Homenaje, de manera que se puedan realizar rodajes y actividades culturales y de difusión de turismo.
- Se contempla el préstamo de instrumentos de la Escuela de Música durante el verano para facilitar que los alumnos puedan continuar sus ensayos durante el período vacacional.
- Se reformula el ratio exigible en las actividades socioculturales, deportivas y extraescolares, de forma que el mínimo y máximo de participantes pueda ser valorado cuando la concejalía responsable así lo considere. De este modo se contempla la continuidad de las actividades a pesar de las restricciones de afluencia que plantea la situación actual de pandemia.
- Se rebaja el rango de edad de los mayores, para que se aplique la tarifa especial a partir de los 55 años.
- Se hace explícito el pago de las cuotas impagadas a través de carta de pago, ya que no pueden realizarse pagos al contado.
Asimismo se recogen las siguientes reducciones:
ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, TALLERES, ETC |
2 € DE REDUCCIÓN EN TODAS SUS MODALIDADES Y HORAS SEMANALES |
RESERVAS DE INSTALACIONES EN EL POLIDEPORTIVO MARIANO DÍAZ |
2 € DE REDUCCIÓN POR CADA HORA EN TODOS SUS ESPACIOS |
RESERVAS DE INSTALACIONES EN EL CAMPO DE FÚTBOL JUSTO DÍAZ |
PASA DE PAGAR 10€/HORA A PAGAR 4€/PERSONA POR UNA HORA Y MEDIA |
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Aprobada con los 10 votos a favor de los grupos municipales PSOE y Cs y la abstención del PP , la reforma supone modificar la Ordenanza fiscal actual, ratificada en la sesión de Pleno que se celebró el día 27 de octubre de 2017.
Constituyen el hecho imponible de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público:
- Puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público o industrias callerjeras y ambulantes, rodaje cinematográfico, máquinas expendedoras y cajeros automáticoa anexos, o no, a establecimientos de crédito instalados con frente directo a la vía pública pública, en línea de fachada.
- Instalación de quioscos, mesas y sillas en la vía pública.
- Ocupación de terrenos de uso público con mercancías, elementos almacenados, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, andamios y otras instalaciones.
- Entrada de vehículos a través de la acera y reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase y sus normas reguladoras.
- Ocupaciones de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública y sus normas reguladoras.
En líneas generales se han redondeado las cantidades para facilitar las gestiones de contabilidad. La modificación más sustancial ha sido el cálculo en el precio de las terrazas. El criterio actual era el baremo de la superficie en metros cuadrados y un pago anual o semestral, y la nueva ordenanza plantea la posibilidad de solicitarse con periodicidad trimestral y con bonificación para que a mayor uso sea más barato el precio por metro cuadrado.
ANTES |
AHORA |
|
VADOS VIVIENDAS |
MEDIA DE 75€ |
40€ TARIFA FIJA |
TERRAZAS |
22,37 € / METRO |
1TRIMESTRE 22 €/ METRO 2TRIMESTRE 20 €/ METRO 3TRIMESTRE 18 €/ METRO 4TRIMESTRE 16 €/ METRO |